Seguridad Conductores


Avant Grup Seguridad Conductores

 

En Avant Grup confiamos nuestra flota a un equipo de conductores profesionales, con amplia formación y experiencia. Nuestros criterios de selección, formación y seguimiento de nuestra plantilla, garantizan a nuestros clientes la plena confianza de estar en las mejores manos.

La conducción segura es nuestra prioridad. Formamos a nuestros conductores en el conocimiento y seguimiento de la Normativa vigente en materias reguladoras sobre: circulación, transporte de viajeros, tiempos de conducción y en el uso de los nuevos sistemas de seguridad que los vehículos van incorporando para una más segura y eficiente conducción.

La seguridad de nuestros conductores y pasajeros es nuestro principal objetivo.


NORMATIVA


Tiempos de Conducción


Tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor hará una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, a menos que tome un período de descanso.

Podrá sustituirse dicha pausa por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, ambas intercaladas en el período de conducción de 4 horas y media.

El tiempo máximo de conducción diario no puede exceder de 9 horas, salvo dos veces a la semana que puede llegar a las 10 horas.

El tiempo de conducción semanal no superará las 56 horas (se entenderá por semana el período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo).

El tiempo de conducción en dos semanas consecutivas no puede exceder de 90 horas.

Así, si en una semana se conduce durante 56 horas (máximo permitido), en la siguiente sólo podrá conducirse durante 34 horas, puesto ambas suman el máximo de 90 horas.


Descansos en la Conducción

En las 24 horas siguientes al final de su período de descanso diario o semanal anterior, los conductores deberán tomarse un nuevo período de descanso diario.

Este periodo de descanso diario podrá ser normal o reducido.

  • Período de descanso diario normal: cualquier período de descanso de al menos 11 horas.

Alternativamente, el período de descanso diario normal se podrá tomar en dos períodos, el primero de ellos de al menos tres horas ininterrumpidas y el segundo de al menos 9 horas ininterrumpidas.

  • Período de descanso diario reducido: cualquier período de descanso de al menos 9 horas, pero inferior a 11 horas

Los conductores no podrán tomarse más de tres períodos de descanso diario reducidos entre dos períodos de descanso semanales.

En caso de la conducción en equipo de un vehículo, los conductores deberán haberse tomado un nuevo período de descanso diario de al menos 9 horas en el espacio de 30 horas desde el final de su período de descanso diario o semanal anterior.

El período de descanso diario normal de un conductor que acompañe un vehículo transportado por transbordador o tren podrá interrumpirse dos veces como máximo para llevar a cabo otras actividades que no excedan en total de una hora. Durante el período de descanso diario normal, el conductor deberá tener acceso a una cama o litera.

Un período de descanso semanal tendrá que comenzarse antes de que hayan concluido seis jornadas consecutivas de 24 horas desde el final del anterior período de descanso semanal.

Este periodo de descanso podrá ser normal o reducido.

Período de descanso semanal normal: cualquier período de descanso de al menos 45 horas.

Período de descanso semanal reducido: cualquier período de descanso inferior a 45 horas que se puede reducir hasta un mínimo de 24 horas consecutivas.

En el transcurso de dos semanas consecutivas el conductor tendrá que tomar al menos:

  • dos períodos de descanso semanal normal, o
  • un período de descanso semanal normal y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas; no obstante, la reducción se compensará con un descanso equivalente tomado en una sola vez antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana de que se trate.

Los descansos tomados como compensación por un período de descanso semanal reducido deberán tomarse junto con otro período de descanso de al menos nueve horas.

Cuando el conductor elija hacerlo, los períodos de descanso diarios y los períodos de descanso semanales reducidos tomados fuera del centro de explotación de la empresa podrán efectuarse en el vehículo siempre y cuando éste vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.

Como excepción se podrá posponer el período de descanso semanal hasta 12 períodos consecutivos de 24h siguientes a un período de descanso semanal regular previo, siempre que se cumplan  los siguientes requisitos:

 

  • El servicio incluya 24 horas consecutivas como mínimo en un Estado miembro (CE) o en un tercer país al que se aplique el presente Reglamento distinto de aquel en que se ha iniciado el servicio.
  • Tras la aplicación de la excepción, el conductor se tome: Dos periodos de descanso semanal regular o un período de descanso semanal reducido de al menos 24horas y uno regular; no obstante, la reducción se debe compensar con un período equivalente de descanso ininterrumpido antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana del periodo de excepción.


Nuestros procesos de implantación.

FORMACIÓN CONTINUADA

Nuestros planes de formación de personal, ya sea técnico o de conducción, permiten una mejora de los conocimientos y competencias de los trabajadores.
Gracias a nuestros sistemas de mejora continua, detectamos las necesidades formativas de nuestros técnicos y conductores que permiten diseñar las acciones formativas que garantizan el desarrollo profesional y la cualificación y, a la vez, ofrecer una mejor calidad de servicio.
Nuestro plan de formación a los conductores está orientado especialmente a una conducción segura y a una adaptación constante, tanto a los nuevos sistemas de seguridad que incorporan nuestros vehículos, como a las normativas internacionales de tiempos de conducción y de descanso.

CERTlFICADO DE APTITUD PROFESIONAL - CAP

Se trata de una nueva formación, obligatoria para conductores profesionales de autocar. Es una formación distinta a la que se requiere para la obtención de los permisos de conducción.
Los objetivos de esta nueva formación son:
• Mejorar la seguridad vial y la del conductor, incluso durante las actuaciones efectuadas por el conductor con el vehículo parado.
• Conseguir que los conductores puedan responder a las nuevas exigencias originadas por la evolución de transporte por carretera.



Instrucciones y manuales de nuestros conductores

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